¿Cuál es el propósito del departamento de prevención y control de pérdidas?

Fiscalías de Prevención del Delito: Su Rol Clave

01/07/2024

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En el complejo entramado de la administración de justicia, existen entidades cuyo propósito principal es actuar antes de que el daño sea irreparable, buscando anticipar y evitar la comisión de delitos. Nos referimos a las Fiscalías de Prevención del Delito, una pieza fundamental del Ministerio Público en su incansable labor de velar por la legalidad y la seguridad ciudadana. Su misión, aunque a menudo menos visible que la de otras fiscalías, es de una trascendental importancia para el mantenimiento del orden y la protección de los derechos.

¿Qué pasó con las Fiscalías de prevención del delito?
(Canal N) El Ministerio Público confirmó a las 11:35 a.m. que iban a enviar personal de las fiscalías de prevención del delito a la diligencia en la UNMSM para verificar el respeto de los derechos de los intervenidos y la actuación policial en la diligencia que empezó poco después de las 9 a.m.

Recientemente, estas fiscalías han vuelto al centro del debate público, particularmente a raíz de la intervención en las instalaciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Este evento puso de manifiesto la delicada línea entre la acción policial y la supervisión fiscal, generando interrogantes sobre los límites y la coordinación entre ambas instituciones. El coordinador de las Fiscalías de Prevención del Delito, Alfonso Barnechea, calificó la actuación en la UNMSM como “esencialmente policial”, una declaración que subraya la naturaleza de su rol: el de verificar la legalidad de los actos y garantizar el respeto a los derechos de los intervenidos, más allá de la ejecución directa de las operaciones.

Índice de Contenido

¿Qué son las Fiscalías de Prevención del Delito y Cuál es su Propósito?

El Ministerio Público, como organismo constitucionalmente autónomo, tiene entre sus funciones principales la defensa de la legalidad, la representación de la sociedad en procesos judiciales y la persecución del delito. Sin embargo, un pilar igualmente vital, aunque con limitaciones establecidas por ley, es la prevención del delito. Las Fiscalías de Prevención del Delito son las encargadas de llevar a cabo esta función crucial.

Su objetivo primordial es el inicio de acciones destinadas a evitar posibles conductas delictivas. Esto implica exhortar y/o recomendar la observancia de la normativa vigente, abarcando una amplia gama de actividades económicas, sociales, culturales y otras. No se trata de investigar delitos ya cometidos, sino de intervenir proactivamente para que no ocurran, o para mitigar sus consecuencias si se vislumbra su inminencia.

Si bien en algunos contextos se habla de “Departamento de Prevención y Control de Pérdidas” con un enfoque más empresarial o de gestión interna, en el ámbito del Ministerio Público, las Fiscalías de Prevención del Delito se centran en la prevención criminal en un sentido amplio, protegiendo bienes jurídicos como la vida, la integridad, la propiedad pública y privada, y el orden público.

La Intervención en la UNMSM: Un Caso de Estudio

El incidente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se convirtió en un punto de inflexión para entender la dinámica de estas fiscalías. Tras el ingreso de las autoridades a la universidad, el Ministerio Público confirmó el despliegue de personal de las fiscalías de prevención del delito. Su misión era clara: verificar el respeto de los derechos de los intervenidos y la actuación policial durante la diligencia.

Alfonso Barnechea detalló que se desplegaron alrededor de 20 fiscales, dada la información de unas 200 personas intervenidas. La situación se manejó bajo un “criterio de flagrancia delictiva”, argumentando que un número significativo de personas había ingresado a la universidad sin autorización y que se había reportado la sustracción de bienes electrónicos. Este escenario ilustra la complejidad de su labor: deben actuar con celeridad para garantizar la legalidad de los procedimientos en tiempo real, en situaciones a menudo volátiles y de alta tensión.

La declaración de Barnechea sobre una actuación “esencialmente policial” no exime a los fiscales de su responsabilidad. Al contrario, resalta su papel de supervisores externos e imparciales, cuya presencia busca asegurar que los operativos se realicen dentro del marco de la ley, sin excesos ni vulneraciones a los derechos fundamentales. Es una función de contrapeso y garantía procesal en momentos críticos.

Desafíos y Responsabilidades: La Visión de la Legislación

La efectividad de las Fiscalías de Prevención del Delito no está exenta de críticas y desafíos. La congresista Susel Paredes, por ejemplo, ha señalado la aparente “poca efectividad” del Ministerio Público en actuar contra manifestantes que cruzan la línea de la legalidad, como aquellos que bloquean carreteras o causan daños a la propiedad.

Según Paredes, la responsabilidad recae en el Ministerio Público por no desplegar suficientes fiscales de prevención del delito en los puntos críticos de conflicto. Su argumento es que, en situaciones donde se vulneran derechos o se cometen delitos flagrantes (como impedir el paso de ambulancias con consecuencias fatales), la presencia fiscal es imperativa para identificar y detener a los responsables de inmediato. Esta perspectiva resalta la necesidad de una mayor presencia y proactividad de estas fiscalías en escenarios de alta conflictividad social.

La crítica de la congresista subraya un punto crucial: la prevención del delito no solo se limita a la emisión de recomendaciones, sino que también implica una acción directa y oportuna cuando se está gestando o ejecutando un acto ilícito que puede escalonar a un delito de mayor gravedad. Es en estos momentos donde la presencia fiscal puede ser un factor disuasorio o, en su defecto, un garante de la legalidad en la intervención policial.

Marco Legal y Recientes Modificaciones en su Procedimiento

Las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito tienen competencia territorial en el distrito fiscal donde han sido creadas, lo que les permite actuar de manera localizada y eficiente en sus respectivas jurisdicciones. Su funcionamiento se rige por el Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito, el cual ha sido objeto de modificaciones para optimizar su desempeño.

La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 131-2021-MP-FN, del 29 de enero de 2021, introdujo cambios significativos, impulsados por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Armando Ortiz Zapata. El objetivo principal fue incorporar plazos específicos en el procedimiento preventivo, buscando mayor efectividad y dinamismo. Estas modificaciones son clave para entender la operatividad actual de estas fiscalías:

Aspecto ModificadoAntes de la ModificaciónDespués de la Modificación (Res. 131-2021-MP-FN)
Funciones del Coordinador Nacional (Art. 9)Funciones generales de supervisión.Incluye la resolución de quejas por incumplimiento de plazos del Reglamento y resolución de impugnaciones contra archivos.
Plazo Máximo del Procedimiento Preventivo (Art. 13)No se especificaba un plazo máximo claro.Noventa (90) días calendario, pudiendo prolongarse excepcionalmente treinta (30) días calendario más.
Plazo de Calificación de Solicitud Preventiva (Art. 14)No se especificaba un plazo para la calificación.Siete (7) días calendario para la calificación de solicitud de parte o instituciones, incluyendo actuaciones previas.

Estas modificaciones buscan otorgar regularidad y certidumbre a las actuaciones preventivas, asegurando que se desarrollen en un tiempo razonable sin dilaciones innecesarias, y siempre prevaleciendo el cumplimiento de la finalidad preventiva. La introducción de plazos es un paso hacia la rendición de cuentas y la eficiencia, fortaleciendo la función preventiva del Ministerio Público a nivel nacional, un objetivo estratégico institucional clave para el periodo 2021-2025.

La Importancia de la Prevención en el Sistema de Justicia

La existencia y el fortalecimiento de las Fiscalías de Prevención del Delito reflejan una comprensión más profunda de la justicia: no solo se trata de castigar el delito, sino también de evitarlo. En un contexto social donde los conflictos pueden escalar rápidamente y donde la vulneración de derechos puede ocurrir de manera flagrante, la presencia de una autoridad imparcial que supervise y exhorte a la legalidad es invaluable.

La prevención del delito contribuye a:

  • Descongestionar el sistema judicial: Al evitar la comisión de delitos, se reduce el número de casos que llegan a las etapas de investigación y juicio.
  • Proteger los derechos fundamentales: La presencia fiscal en operativos o situaciones de riesgo asegura que las actuaciones de las fuerzas del orden o de terceros se ajusten a la ley, salvaguardando la integridad y libertad de los ciudadanos.
  • Generar confianza ciudadana: Un Ministerio Público proactivo en la prevención transmite la imagen de una institución que se preocupa por la seguridad y el bienestar de sus ciudadanos antes de que ocurra un daño.
  • Promover una cultura de legalidad: Al exhortar y recomendar la observancia de las normas, las fiscalías contribuyen a educar y sensibilizar sobre la importancia del cumplimiento de la ley.

Es una labor que requiere no solo conocimiento legal, sino también una gran capacidad de discernimiento y una respuesta ágil ante situaciones complejas. Su accionar abarca desde supervisar eventos públicos masivos para evitar desórdenes, hasta verificar el cumplimiento de normativas en establecimientos comerciales o en el manejo de residuos peligrosos, todo con el fin de evitar la materialización de un ilícito.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

A continuación, respondemos algunas de las preguntas más comunes sobre las Fiscalías de Prevención del Delito:

¿Cuál es la principal diferencia entre una Fiscalía de Prevención del Delito y otras fiscalías?

La principal diferencia radica en su enfoque temporal. Mientras que otras fiscalías (como las penales) actúan *después* de que un delito ha sido cometido para investigarlo y perseguir a los responsables, las Fiscalías de Prevención del Delito actúan *antes* o *durante* la posible comisión de un delito, con el objetivo de evitarlo o de verificar la legalidad de las acciones en curso para prevenir infracciones mayores.

¿Pueden las Fiscalías de Prevención del Delito ordenar detenciones?

Las Fiscalías de Prevención del Delito no tienen la facultad de ejecutar detenciones directamente. Su rol es supervisar la legalidad de los actos policiales y, en caso de flagrancia delictiva, pueden solicitar a la policía que proceda con la detención, siempre dentro del marco legal. Su función es verificar que los procedimientos se realicen conforme a derecho y que se respeten los derechos de los intervenidos.

¿Qué significa que una actuación fue “esencialmente policial”?

Cuando el fiscal Alfonso Barnechea se refirió a la intervención en la UNMSM como “esencialmente policial”, quiso decir que la ejecución operativa, es decir, el ingreso, la contención y las detenciones, fueron acciones llevadas a cabo por la Policía Nacional. La Fiscalía de Prevención del Delito, en este contexto, actúa como un ente supervisor y garante de la legalidad de esas acciones policiales, no como el ejecutor principal del operativo.

¿Cómo se puede presentar una solicitud o denuncia ante una Fiscalía de Prevención del Delito?

El procedimiento preventivo puede iniciarse de oficio (por iniciativa de la propia fiscalía), a solicitud de parte (por cualquier ciudadano afectado o que tenga conocimiento de un riesgo), o a pedido de instituciones públicas o entidades privadas. La solicitud puede presentarse en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del distrito fiscal correspondiente, y el plazo máximo para su calificación es de siete días calendario.

¿Por qué se modificó el reglamento de estas fiscalías para incluir plazos?

La modificación se realizó con la finalidad de otorgar mayor regularidad y dinamismo a las actuaciones preventivas. Al establecer plazos máximos para el procedimiento preventivo (90 días, prorrogables por 30) y para la calificación de solicitudes (7 días), se busca evitar dilaciones innecesarias, garantizar un debido proceso más eficiente y, en última instancia, fortalecer la capacidad de respuesta y efectividad de las fiscalías en su misión de prevenir delitos.

Conclusión

Las Fiscalías de Prevención del Delito son un pilar indispensable en el sistema de justicia peruano. Su labor, a menudo discreta pero de impacto profundo, es la de anticiparse al delito, proteger los derechos fundamentales y asegurar que las actuaciones de las autoridades se ajusten a la legalidad. A pesar de los desafíos y las críticas, la constante revisión y mejora de su marco normativo, como lo demuestran las recientes modificaciones con la inclusión de plazos, evidencia un compromiso continuo por fortalecer su capacidad de respuesta y su rol crucial en la construcción de una sociedad más segura y justa. Su existencia es un recordatorio de que la mejor forma de combatir el crimen es, en muchos casos, impidiendo que suceda.

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