La Pena de Muerte en Perú: ¿Qué Rechazan los Especialistas?

24/02/2024

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La pena de muerte ha sido, y sigue siendo, uno de los temas más polarizantes y complejos en el debate jurídico y social de Perú. A lo largo de su historia, el país ha experimentado un vaivén entre la abolición y el restablecimiento de la pena capital, siempre enmarcada en contextos de crisis y alta sensibilidad. Sin embargo, más allá de las pasiones que genera, existe una postura clara y contundente por parte de los especialistas en derecho y derechos humanos: un rechazo firme a su aplicación. Este artículo profundiza en las razones de esta oposición, explorando el entramado legal e histórico que hace que, a pesar de figurar en la Constitución para ciertos delitos, su implementación sea prácticamente inviable y ampliamente desaconsejada por quienes conocen a fondo el sistema jurídico nacional e internacional.

Índice de Contenido

Un Recorrido Histórico por la Pena Capital en Perú

La historia de la pena de muerte en Perú es un reflejo de sus convulsiones políticas y sociales. Inicialmente abolida en 1856, esta medida extrema fue tristemente restablecida en 1933, aplicándose a criminales hasta el año 1979. Este primer periodo de reinstauración se caracterizó por su uso en delitos comunes graves, marcando una etapa de severidad punitiva. No obstante, la evolución jurídica y la creciente conciencia sobre los derechos humanos llevaron a su abolición formal en la Constitución de 1979, un hito que alineaba a Perú con las tendencias abolicionistas de gran parte del mundo democrático.

Sin embargo, la historia no termina ahí. La década de 1990 trajo consigo uno de los periodos más oscuros para el país, marcado por la lucha contra el terrorismo. En este contexto de guerra interna, la pena de muerte fue reintroducida en el ordenamiento jurídico peruano en 1993, específicamente para el delito de terrorismo y traición a la patria en tiempos de guerra. El Artículo 140° de la Constitución Política del Perú de 1993 es claro al respecto: "La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en tiempos de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y tratados de los que el Perú es parte obligada." Esta última frase es fundamental y se convierte en la piedra angular del rechazo de los especialistas.

El Punto de Quiebre: El Pacto de San José y los Tratados Internacionales

La clave para entender el rechazo de los especialistas radica en los compromisos internacionales que Perú ha asumido. En 1978, el país se unió al Pacto de San José, formalmente conocido como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Este tratado internacional, de carácter vinculante, establece en su Artículo 4.3 que "No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido." Aunque la Constitución de 1993 permite la pena de muerte para ciertos delitos, el hecho de que Perú haya abolido previamente la pena capital (en 1979, antes de la Constitución de 1993) y luego ratificado el Pacto de San José, crea un conflicto legal de gran magnitud.

Para los especialistas, la adhesión a este pacto y otros instrumentos internacionales de derechos humanos eleva sus disposiciones al rango de ley supranacional, obligando al Estado peruano a respetarlas. Esto significa que, si bien el texto constitucional interno contempla la pena de muerte, los compromisos internacionales adquiridos por el Perú la vuelven legalmente inaplicable. Es un principio de derecho internacional: los tratados ratificados prevalecen sobre las leyes internas en materia de derechos humanos. Desconocer este principio implicaría una violación del derecho internacional y expondría al Estado peruano a sanciones y condenas por parte de organismos internacionales.

¿Por Qué los Especialistas Rechazan la Restitución?

El rechazo de los especialistas no es meramente ideológico, sino que se sustenta en sólidos argumentos jurídicos y pragmáticos. Cuando se proponen iniciativas para restituir la pena de muerte de manera más amplia (por ejemplo, para agresores sexuales o delincuentes comunes), las voces expertas se alzan con vehemencia:

  • Inconstitucionalidad y Contravención de Tratados: El abogado penalista Alfredo Galindo Peralta ha señalado que las propuestas de restituir la pena de muerte son a menudo "populistas". Su argumento central es que cualquier intento de aplicación que vaya más allá de los limitados supuestos de la Constitución de 1993 (traición a la patria en guerra y terrorismo) y, crucialmente, que contravenga el Pacto de San José, sería declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Incluso para los supuestos contemplados en la Constitución, el Tribunal Constitucional debería interpretar el Artículo 140° en armonía con los tratados de derechos humanos ratificados, lo que implicaría su inaplicabilidad de facto.
  • Baja Viabilidad y Larga Espera: Las expertas Marina Navarro y Tania Pariona han puesto en duda la viabilidad práctica de la pena de muerte, incluso si se superaran los obstáculos legales. Han señalado que su aplicación efectiva tardaría hasta ocho años debido a los complejos procesos judiciales, apelaciones y revisiones internacionales. Además, sostienen que su eficacia como disuasivo es menor que la de la cadena perpetua, una pena que ya existe en el ordenamiento jurídico peruano y que garantiza que los criminales no regresen a la sociedad.
  • Manipulación del Debate Público: Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal (IDL), ha advertido sobre el riesgo de manipulación en los debates públicos organizados para "consultar" a la ciudadanía sobre la pena de muerte. Ha denunciado prácticas que buscan sesgar los resultados para que parezcan mayoritariamente favorables a la restitución, lo que desvirtúa la legitimidad del proceso democrático y el verdadero sentir de la población informada.
  • Principio de No Restablecimiento: El principio de "no restablecimiento" establecido en el Pacto de San José es un pilar fundamental. Una vez que un Estado ha abolido la pena de muerte, no puede volver a implementarla. Esto es una garantía para la protección de los derechos humanos y un freno a posibles retrocesos en la legislación penal.
  • Riesgo de Error Judicial: Aunque no se menciona explícitamente en el texto proporcionado, es un argumento universalmente esgrimido por los especialistas. La pena de muerte es irreversible. En cualquier sistema judicial, por robusto que sea, existe la posibilidad de un error. Ejecutar a un inocente es un acto irreparable y una de las principales razones éticas y jurídicas para la abolición.

En resumen, para los especialistas, la pena de muerte en Perú es una medida que, si bien está mencionada en la Constitución para casos muy específicos, se encuentra en un limbo de inaplicabilidad debido a los compromisos internacionales. Las propuestas para su restitución son vistas como actos de populismo político que ignoran las complejidades legales y las implicaciones internacionales, además de carecer de una base sólida en términos de efectividad y justicia.

Voces a Favor y en Contra: Un Debate Permanente

A lo largo de los años, varias figuras públicas y políticas han expresado su apoyo a la restitución de la pena de muerte, a menudo impulsadas por la indignación ante crímenes atroces. Presidentes como Alberto Fujimori, Alan García y más recientemente Dina Boluarte, han manifestado su inclinación a favor de su implementación, especialmente para delitos como el terrorismo, la traición a la patria o, en el caso de Boluarte, para agresores sexuales y delincuentes comunes. Figuras como el monseñor Luis Bambarén y el analista Miguel Rodríguez Mackay también se han sumado a esta corriente.

Por otro lado, la oposición ha sido igualmente vocal y ha contado con el respaldo de intelectuales, artistas y personalidades mediáticas. El renombrado escritor Mario Vargas Llosa, el pintor Fernando de Szyszlo, y figuras públicas como Carlos Carlín, Katia Condos, Vanessa Saba y Carlos Galdós, han expresado su rechazo a la pena capital, argumentando razones éticas, morales y de derechos humanos. Además, diversos partidos políticos han intentado en múltiples ocasiones retirar a Perú del Pacto de San José, argumentando que este acuerdo beneficia a los sentenciados por delitos graves y limita la soberanía del país para aplicar justicia. Entre 2001 y 2025, se elaboraron 21 proyectos de ley con este fin. Algunas de estas iniciativas incluso han buscado estigmatizar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), acusándola de "izquierda caviar", en un intento por deslegitimar las obligaciones internacionales del país.

La Realidad Actual y el Futuro de la Pena de Muerte en Perú

Actualmente, la situación jurídica de la pena de muerte en Perú es paradójica. El Artículo 140° de la Constitución la contempla para traición a la patria en tiempos de guerra y terrorismo. Sin embargo, la obligación del Perú de cumplir con el Pacto de San José y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prohíben el restablecimiento de la pena de muerte una vez abolida, hace que su aplicación sea inviable en la práctica. Cualquier intento de ejecutar una sentencia de muerte bajo estos supuestos sería inmediatamente impugnado y probablemente anulado por el Tribunal Constitucional o por instancias internacionales.

El debate, no obstante, persiste. Las propuestas de restitución resurgen periódicamente, a menudo en momentos de alta conmoción social por la criminalidad. Sin embargo, la postura unánime de los expertos en derecho y derechos humanos es clara: la restitución de la pena de muerte en Perú choca con un muro infranqueable de compromisos internacionales y principios jurídicos que el país está obligado a respetar. La verdadera solución a la criminalidad, según los especialistas, no reside en medidas punitivas extremas y simbólicas, sino en el fortalecimiento del sistema de justicia, la prevención del delito y la rehabilitación.

Preguntas Frecuentes sobre la Pena de Muerte en Perú

¿Quién fue el último condenado a pena de muerte en el país?

Según los registros históricos y la información disponible, la pena de muerte fue aplicada en Perú hasta 1979. Sin embargo, el texto proporcionado no especifica el nombre de la última persona en ser ejecutada bajo esta pena. La abolición de 1979 marcó el fin de su aplicación, antes de su breve y limitada reintroducción constitucional en 1993, la cual, como se explicó, no es aplicable debido a tratados internacionales.

¿Por qué la presidenta Dina Boluarte propuso restituir la pena de muerte?

La presidenta Dina Boluarte propuso restituir la pena de muerte con el objetivo de procesar a agresores sexuales y delincuentes. Esta propuesta, según el abogado penalista Alfredo Galindo Peralta, se enmarca en una lógica "populista", ya que se sabe que sería declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional y contraviene el Pacto de San José, al cual Perú está adherido.

¿Es legal la pena de muerte en Perú actualmente?

Formalmente, el Artículo 140° de la Constitución Política del Perú de 1993 contempla la pena de muerte para delitos de traición a la patria en tiempos de guerra y terrorismo. Sin embargo, debido a que Perú es parte del Pacto de San José (Convención Americana sobre Derechos Humanos), que prohíbe el restablecimiento de la pena de muerte una vez abolida, su aplicación es legalmente inviable. Aunque está en la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Perú impiden su ejecución.

¿Qué es el Pacto de San José y por qué es tan importante para el debate?

El Pacto de San José es el nombre común de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, un tratado internacional clave en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos. Perú ratificó este pacto en 1978. Su importancia en el debate sobre la pena de muerte radica en que establece que "No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido." Dado que Perú abolió la pena de muerte en 1979 (después de unirse al pacto), está legalmente impedido de restablecerla o aplicarla, incluso si su Constitución interna la menciona. Es un compromiso internacional vinculante que prevalece en la práctica sobre las disposiciones internas en esta materia.

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